Derechos de la ciudadanía
La ciudadanía que acuda a las oficinas de las Direcciones Territoriales tiene, entre otros, los siguientes derechos:
- Derechos relacionados con los procedimientos y su tramitación. Tienen derecho a conocer:
- El estado de la tramitación de los procedimientos en los que son persona interesada, y en cualquier momento del procedimiento.
- El sentido del silencio administrativo que corresponda, en caso de que la administración no dicte ni notifique resolución expresa en plazo.
- El órgano competente para la instrucción del procedimiento, en su caso, y su resolución.
- Los actos de trámite dictados.
- Derechos relacionados con los documentos. Tienen derecho a:
- Acceder y obtener copia de los documentos contenidos en los procedimientos.
- No presentar documentos originales salvo que, de manera excepcional, la normativa que aplique diga lo contrario. Si de manera excepcional debe presentar un documento original, tendrá derecho a obtener una copia autenticada de este documento.
- No presentar documentos al procedimiento si las normas aplicables no lo exigen o la Dirección Territorial ya tiene estos documentos.
- Derechos relacionados con la información y los datos. Tienen derecho a:
- Obtener información y orientación sobre los requisitos jurídicos o técnicos que las disposiciones vigentes impongan a los proyectos, actuaciones o solicitudes que tienen propuesto realizar.
- La garantía de seguridad y confidencialidad de los datos que figuren en los ficheros, sistemas y aplicaciones de las administraciones públicas.
- Además, la ciudadanía que acuda a las oficinas de las Direcciones Territoriales tiene todos los derechos determinados en los artículos 13 y 53 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre (Boletín Oficial del Estado de 2 de octubre), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
ostirala, 23 urriak 2026 09:33